Beneficiario Controlador. Delicada obligación para 2022.

Seguramente a estas fechas usted ha escuchado sobre el termino citado al rubro de este boletín, pero como a todos nos ha pasado, no es fÔcil dimensionar el grado de importancia de esta nueva figura naciente en la legislación fiscal a partir de 2022.

¿Dónde nace todo esto?

Esto deriva de compromisos internacionales que ha venido haciendo MĆ©xico, en este caso frente al Grupo de Acción Financiera Internacional, conocido por sus siglas como GAFI. AsĆ­ mismo, derivado de los acuerdos del Foro Global Sobre Transparencia e Informacion con Fines Fiscales, donde se estableció como requisito que la información sobre el beneficiario controlador, estuviera disponible, respecto de personas, estructuras jurĆ­dicas relevantes y cuentas bancarias, entre otras. 

Reforma para 2022.

Habida cuenta, a partir de este año nace una disposición en el Código Fiscal de la Federación[1], que establece una obligación para las personas morales, y otros que se citan al pie de pÔgina[2], de obtener y conservar, como parte de su contabilidad, la información fidedigna, completa y actualizada de sus beneficiarios controladores. Esta información debe ser proporcionada al SAT cuando sea requerida.

Lo que se define como ā€œbeneficiario controladorā€.

El CFF detalla de manera precisa[3] a las personas que se consideran beneficiario controlador (BC), por lo que me permito resaltar las caracterƭsticas mƔs relevantes:

  • Se entiende como BC A la persona o grupo de personas fĆ­sicas que directamente o por medio de otras, obtiene u obtienen el beneficio derivado de su participación en una persona moral, un fideicomiso o cualquier otra figura jurĆ­dica, asĆ­ como de cualquier otro acto jurĆ­dico.
    • En este caso nos estarĆ­amos refiriendo -entre otros- cuando una persona fĆ­sica se hace socia de una persona moral o es parte de un fideicomiso. Estos serian los casos posiblemente mĆ”s comunes.
  • TambiĆ©n un BC, es la persona o grupo de personas fĆ­sicas, que en ultima instancia ejerce o ejercen los derechos de uso, goce, disfrute, aprovechamiento o disposición de un bien o servicio o en cuyo nombre se realiza una transacción.
    • AquĆ­ se estarĆ­a refiriendo a la Ćŗltima persona fĆ­sica de la cadena, que disfruta de los beneficios de un bien o servicio.
  • Se establece que se es BC, cuando una persona o grupo de personas fĆ­sicas, directa o indirectamente ejerzan control de la persona moral, fideicomiso o de cualquier otra figura jurĆ­dica.
    • En este caso, pudiera no ser socio de una persona moral, pero por el hecho de ejercer el control se convierte en BC.
    • Unos ejemplos de control se pueden resumir en el hecho de imponer decisiones en las asambleas, nombrar o destituir a la mayorĆ­a de los consejeros o administradores, tener mas del 15% de las acciones con derecho a voto de la sociedad o dirigir la administración o la estrategia o principales polĆ­ticas de la sociedad.


Forma de identificar al BC.

La Resolución MiscelĆ”nea Fiscal[4] para 2022 (RMF), establece que las personas morales deberĆ”n identificar, verificar y validar la información sobre los BC’s, indicando los porcentajes de participación en el capital de la persona moral, asĆ­ como la información relativa a la cadena de titularidad[5].

La misma RMF establece los mecanismos para identificar, obtener y conservar la información actualizada sobre el BC, entre otros:

  • Identificar, verificar y validar adecuadamente al BC. Para estos efectos requerirĆ”n de las personas la información necesaria para que revelen su información misma que se detalla en la RMF 2022[6].
  • Obtener, conservar y mantener disponible la información fidedigna, completa y adecuada, acerca de los datos de identidad del BC.

Existe un listado detallado en la propia RMF que precisa cual y que tipo de información debe ser obtenida del BC.

Multas por incumplimiento.

Las multas establecidas por el incumplimiento de esta nueva obligación, son como sigue:

InfracciónMulta
No obtener, no conservar o no presentar la información o no presentarla a través de los medios o formatos que señale el SAT.De $1,500,000.00 a $2,000,000.00 por cada BC que forme parte de la persona moral, fideicomiso o figura jurídica de que se trate.
No mantener actualizada la información relativa a los BC’sDe $800,000.00 a $1,000,000.00 por cada BC que forme parte de la persona moral
Presentar la información a requerimiento de autoridad en forma incompleta, inexacta, con errores.De $500,000.00 a $800,000.00 por cada BC que forme parte de la persona moral, fideicomiso o figura jurídica de que se trate

Comentario final.

Tal y como lo dije al proemio de esta carta, esta nueva disposición ha sido desestimada por los contribuyentes, siendo que representa un alto riesgo para la organización. En adición a otras cargas que implican cumplimiento, hay que adicionar esta nueva, que trae aparejada cierto grado de preparación técnica para la persona a quien se asigne este encargo, por lo que hay que tener sumo cuidado a quien se le habrÔ de delegar esta delicada tarea.


[1] Articulo 32-B Ter del CFF, primer pƔrrafo.

[2] Otros obligados son: fiduciarias, fideicomitentes, fideicomisarios; las partes contratantes o integrantes en el caso de cualquier otra figura jurĆ­dica.

[3] Articulo 32-B QuƔter del CFF.

[4] Regla 2.8.1.21 RMF 2022.

[5] Regla 2.8.1.20 RMF 2022, Segundo pƔrrafo.

[6] Regla 2.8.1.22 RMF 2022.

Prohibida la reproducción parcial o total. Todos los derechos reservados. Quezada Fernandez, S.C. El contenido del presente artĆ­culo no constituye una consulta particular y por lo tanto Quezada Fernandez, S.C., sus miembros y/o sus autores, no asumen responsabilidad alguna de la interpretación o aplicación que el usuario le pueda dar. Este Blog no constituye una plataforma de consulta para los usuarios del mismo, por lo que, cualquier persona es libre de reflejar su opinión.

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